Nuevo procedimiento de pagos provisionales

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Según la reciente publicación en DOF el día 28 de Diciembre del 2011, de la RMF para el ejercicio 2012, específicamente en el Libro II, regla 2.8.5.1, regula el nuevo esquema de pagos provisionales de ISR, IETU, y definitivos de IVA, para el ejercicio fiscal 2012, específicamente para personas morales.

Anteriormente se efectuaban los siguientes pasos a fin de cubrir con el procedimiento administrativo para los pagos provisionales:

  • Se efectuaba el cálculo de impuestos manualmente o con software.
  • Se llenaban las hojas con la cantidad a pagar, o en ceros para informar al SAT las razones.
  • Se acudía a sucursal bancaria a realizar el pago.
  • Para aquellos obligados a declarar por Internet efectuaban su cálculo de impuestos, ingresaban al portal bancario, llenaban los formatos electrónicos y hacían el traspaso de fondos.

Ahora, con este cambio queda estipulado de acuerdo a lo siguiente:

  • Ingresar a la página del SAT www.sat.gob.mx en la sección “Mi Portal” con RFC y clave CIEC Fortalecida, elegir la opción “Declaraciones y pagos”, donde debe capturar ingresos, deducciones y demás datos según su régimen fiscal. El sistema automáticamente hace el cálculo de los impuestos, aunque igual puede optar por hacerlos manualmente.
  • Envía su declaración desde este Portal. El programa genera un acuse de recibo y una línea de captura con la cantidad a pagar y un plazo de vigencia; si el total a pagar es cero, arroja un comprobante y finaliza el trámite de pago.
  • Si es persona moral o persona física con ingresos mayores* hace el pago por transferencia electrónica de fondos en el portal de su banco.

* Se entiende esta modificación para Personas Morales; y Personas Físicas de ingresos mayores, es decir, obligados a dictaminarse, con ingresos acumulables mayores a $34,803,950.00 de conformidad con el Art. 32-A del CFF.

Para mayor información acerca de pagos y declaraciones, le recomienda visitar el siguiente link:

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Pagos Provisionales